Los contratos del alquiler de local de negocio anteriores a 9 de mayo de 1985, y los posteriores a dicha fecha y firmados antes del 1 de enero de 1995 sometidos al régimen de prórroga forzosa, se rigen por la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1964 y, para su extinción y subrogación, por la Disposición Transitoria Tercera de la Ley de Arrendamientos de 1994. La Disposición Transitoria Tercera distingue entre el arrendatario persona física y el arrendatario persona jurídica. Los…
