La compraventa de un inmueble se compone de dos partes: el título y el modo, separados en el tiempo. El título es la perfección que existe desde que comprador y vendedor pactan el objeto de la venta y el precio (art 1450 del Código Civil) – perfecto significa acabado, contrato o acuerdo acabado. El contrato puede ser verbal, pero lo normal y lógico es documentarlo por escrito. Por ejemplo, mediante un contrato de arras. Este acuerdo obliga al vendedor…
