En el artículo que podéis leer pinchando este largo enlace, os explicaba que el inquilino de la vivienda o el local de negocio puede contestar la demanda de desahucio y reclamación de rentas, o sólo la de desahucio o reclamación de rentas que le plantee el casero, no solamente oponiéndose a la/s misma/s, sino también con una demanda reconvencional: demandando al casero. Obviamente, la demanda reconvencional debe tener un fundamento jurídico-fáctico muy consistente. De lo contrario, la reconvención fracasará…
