En las páginas de este blog he hecho esta advertencia varias veces: impugnen los acuerdos de la comunidad si no están de acuerdo. O mejor: recurran/consulten a un abogado especialista en propiedad horizontal y comunidades de propietarios/vecinos. Los acuerdos válidamente adoptados en la junta de la comunidad de propietarios son válidos y ejecutables desde el momento en que se adoptan. Incluso si se impugnan son ejecutables. La cosa puede llegar a un punto un tanto surrealista. Lo expongo con…
