Como he explicado en otros artículos de este blog, el título constitutivo de la propiedad horizontal de un edificio puede incluir cláusulas que permitan a los propietarios de los elementos privativos del mismo realizar obras en ellos. También los estatutos. Las sentencias de los tribunales oscilan entre una interpretación amplia y otra más restrictiva del alcance de tales cláusulas. Así que, a veces, son los jueces quienes acaban decidiendo qué obras se pueden hacer y cuáles no. De ahí…
