Propiedad horizontal

La obligación de instalar el ascensor y suprimir barreras arquitectónicas en las comunidades de propietarios de Cataluña

La obligación de instalar el ascensor y suprimir barreras arquitectónicas en las comunidades de propietarios de Cataluña

  La instalación de un ascensor en un edificio en régimen de propiedad horizontal es una decisión que sólo puede tomar la comunidad de propietarios reunida en una junta – ordinaria o extraordinaria -, en cuyo orden del día figure que se va a debatir y votar esta instalación. Puede votarse sólo si se va a instalar el ascensor y dejar para otra junta la aprobación de los presupuestos y obras necesarias. Es conveniente que los propietarios dispongan antes de…

Actividades molestas en la comunidad de propietarios. Dos sentencias sobre viviendas de uso turístico

Actividades molestas en la comunidad de propietarios. Dos sentencias sobre viviendas de uso turístico

  Hay fechas que marcan la historia de las ciudades. Barcelona tiene varias: el saqueo del caudillo árabe Al-Mansur el año 985, las epidemias de peste negra del siglo XIV (especialmente en 1391), la destrucción de 1714. Los Juegos Olímpicos de 1992 abrieron la ciudad al mar  y la convirtieron en un destino turístico. La Sagrada Familia dejó de ser un templo expiatorio construido con limosnas para ser financiada por visitantes. Todo el mundo quiso aprovechar la circunstancia y proliferaron…

El delito de apropiación indebida en comunidades de propietarios y en el contrato de alquiler

El delito de apropiación indebida en comunidades de propietarios y en el contrato de alquiler

  Este no es el primer artículo que publico en el blog sobre el Derecho penal aplicado a la propiedad horizontal y al alquiler de fincas urbanas. Si os interesa podéis leer: Aquí, El delito de allanamiento de morada en el alquiler de vivienda y en las comunidades de propietarios. Y aquí Coacciones y mobbing inmobiliario. Más sobre Coacciones al inquilino. El delito de apropiación indebida está previsto y penado con un mínimo de 6 meses de prisión,  y en algunos casos multa,…

Las limitaciones y prohibiciones de uso de viviendas y locales de negocio en la comunidad de propietarios

La propiedad horizontal es un sistema de comunidad de bienes en el que las viviendas y los locales de negocio de un edificio pertenecen a varios propietarios, lo que conlleva – inevitablemente -, conflictos por intereses antagónicos. Por una parte, el derecho de propiedad – reconocido en el artículo 33 de la Constitución – , y el consiguiente derecho de uso y disfrute («ius utendi et abutendi») de cada propietario respecto de su vivienda o local. Por otra, el ejercicio de…

El abuso de derecho en arrendamientos urbanos y comunidades de propietarios

El abuso de derecho en arrendamientos urbanos y comunidades de propietarios

  La norma según la cual todo derecho debe ejercitarse conforme a la exigencias de la buena fe, que no admite el abuso de derecho ni su uso antisocial, está en la base de todo ordenamiento jurídico (artículo 7 del Código civil). Hay abuso  o uso antisocial de derecho cuando por la intención del autor o las circunstancias en que se realiza un acto se sobrepasan los límites del ejercicio de un derecho, con daño para tercero y sin beneficio…

Plazo para impugnar los acuerdos de la comunidad de propietarios aprobados con el voto de morosos

Plazo para impugnar los acuerdos de la comunidad de propietarios aprobados con el voto de morosos

  Cualquier propietario (y sólo los propietarios) puede impugnar los acuerdos tomados en la junta de la comunidad. En la Ley de Propiedad Horizontal, artículo 18.3, el plazo de impugnación (plazo de caducidad) es de 3 meses, salvo que el acuerdo sea contrario a la ley o a los estatutos. En este caso el plazo es de 1 año. El plazo de impugnación de acuerdos en Cataluña lo establece el artículo 553-31 del Codi civil. Es de 1 año si…

¿Qué significa «salvar el voto» en la Ley de Propiedad Horizontal? La doctrina del Tribunal Supremo

¿Qué significa «salvar el voto» en la Ley de Propiedad Horizontal? La doctrina del Tribunal Supremo

  El gobierno de una comunidad de propietarios es asambleario. El único órgano que puede tomar decisiones es la junta de la comunidad, en la que participan todos los comuneros. La Ley de Propiedad Horizontal y el Codi Civil catalán permiten a los propietarios de un inmueble en régimen de propiedad horizontal la impugnación judicial de los acuerdos de la junta. El artículo 553-31 de la ley catalana autoriza la impugnación a los propietarios que: Han votado en contra del…

Los propietarios morosos, su deuda y su voto en la junta de la comunidad

Los propietarios morosos, su deuda y su voto en la junta de la comunidad

  Lamentablemente, las comunidades de propietarios españolas soportan un alto grado de morosidad. Según los datos del Estudio Global sobre la Morosidad en Comunidades de Propietarios del Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas (CGCAFE) del año 2015, casi el 43% de las comunidades de propietarios tenían al menos un moroso y se les debían 1.812 millones de euros. La deuda de los bancos propietarios con sus comunidades ascendía a 377 millones de euros (445,56 millones de euros en 2014).…

Mayorías necesarias para tomar acuerdos en las comunidades de propietarios de Catalunya

Mayorías necesarias para tomar acuerdos en las comunidades de propietarios de Catalunya

  El Codi civil de Catalunya regula las mayorías necesarias para tomar acuerdos en las comunidades de propietarios en los artículos 553-25 y 553-26. Los acuerdos sólo pueden tomarse en juntas de propietarios convocadas legalmente. En la convocatoria  deben figurar los acuerdos a tomar.  Sobre ello el Tribunal Supremo, sentencia de 12-1-2012, fijó esta doctrina jurisprudencial: «La convocatoria para la celebración de juntas de propietarios exige, para la validez de los acuerdos que se adopten, que se fijen en el…

Algunos elementos comunes del edificio en régimen de propiedad horizontal

Algunos elementos comunes del edificio en régimen de propiedad horizontal

  Los elementos comunes del edificio son todos los necesarios para su adecuado uso y disfrute, entendido como el uso y goce de los elementos privativos que lo conforman, especialmente los pisos. Se detallan en el artículo 396 del Código civil: El suelo, vuelo, cimentaciones y cubiertas. Elementos estructurales: pilares, vigas, forjados y muros de carga. Las fachadas. Los revestimientos exteriores de terrazas, balcones y ventanas, incluyendo su imagen o configuración, los elemento de cierre que las conforman y sus…