En los contratos de alquiler de vivienda habitual, que son los que regula la Ley de Arrendamientos Urbanos, el inquilino tiene la posibilidad de desistir del contrato una vez hayan transcurrido 6 meses del mismo según dispone el artículo 11. La condición es que debe avisar al casero con 30 días de antelación como mínimo. En los contratos de alquiler de locales, de uso distinto de vivienda, el artículo 11 de la LAU no se puede aplicar ni por…
