La sentencia 180/2014, de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, sobre desahucio por impago de rentas, establece la siguiente doctrina jurisprudencial:
El pago total de la renta del arrendamiento de una vivienda, fuera de plazo y después de presentada la demanda de desahucio, no excluye la posibilidad de la resolución arrendaticia, o en su caso de declarar enervada la acción de desahucio, aunque la demanda se funde en el impago de una sola mensualidad de renta, sin que el arrendador venga obligado a soportar que el arrendatario se retrase de ordinario en el abono de las rentas periódicas.
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