Cuando una persona alquila una vivienda para que ésta sea su domicilio –artículo 2 de la Ley 29/1994 de Arrendamientos Urbanos– contrae, contrato mediante, una serie de derechos y obligaciones con el arrendador de la misma.
Son los siguientes:
El arrendatario no puede ceder la vivienda a un tercero sin el consentimiento del arrendador, salvo pacto en contrario (artículo 8.1). Sin el consentimiento del arrendador tampoco puede subarrendarla (artículo 8.2).
Debe pagar la renta estipulada en el contrato (artículo 17), así como su actualización o aumento según lo dispuesto en el artículo 18 y en el contrato y su elevación por obras de mejora realizadas por el arrendador en los términos del artículo 19, salvo pacto en contrario. También tiene que pagar los gastos generales y de servicios individualizados a que se hubiere obligado en el contrato de alquiler (artículo 20).
En cuanto a las obras, el arrendatario está obligado a comunicar al arrendador la existencia de desperfectos que exijan reparaciones para conservar la vivienda en condiciones de habitabilidad para servir al uso convenido, según lo dispuesto en los artículos 21.1 y 21.3, y deberá soportar su realización según establece el artículo 21.2, así como la ejecución de las obras de mejora del artículo 22.
Además, deberá ejecutar las pequeñas reparaciones a las que se refiere el artículo 21.4 y mantener y devolver la vivienda en el mismo estado en el que le fue entregada, salvo el lógico desgaste por el uso.
El arrendatario debe destinar la finca a satisfacer su necesidad permanente de vivienda y no puede realizar en ella actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas, según dispone el artículo 27.2.
Debe pagar la fianza y sus actualizaciones (artículo 36).
Hay que tener en cuenta que las obligaciones del inquilino o arrendatario dependen no sólo de lo establecido en la normativa de arrendamientos urbanos sino también de lo pactado con el arrendador en el contrato.
Para saber a qué se ha obligado un arrendatario de vivienda habitual es recomendable el asesoramiento de un abogado experto en arrendamientos urbanos. Algunas obligaciones contractuales pueden ser ilegales o nulas.
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