Efectos del empadronamiento en el contrato de alquiler de una vivienda

Efectos del empadronamiento en el contrato de alquiler de una vivienda

Efectos del empadronamiento en el contrato de alquiler de una vivienda

 

El portal web del  Ayuntamiento de Barcelona define el padrón municipal como el registro administrativo en el que los ayuntamientos inscriben a las personas que viven habitualmente en su territorio. Las personas inscritas forman la población del municipio y su inscripción les otorga la condición de vecinos. Las personas que viven en España están obligadas a inscribirse en el padrón del municipio en el que residen habitualmente.

¿Qué relación hay entre el hecho de estar empadronado en una vivienda y el alquiler de la misma?

En principio, ninguna.

Una sentencia de la Audiencia Provincial de Baleares, de fecha 26 de febrero de 2013, desahució por precario al ocupante de una vivienda argumentando que estar empadronado en la misma no acredita la existencia de un contrato de arrendamiento sobre ella.

Aún así, uno de los requisitos exigidos por el ayuntamiento de Barcelona para empadronarse en el municipio es la aportación de documentación relativa al domicilio donde se quiere hacer la inscripción. Debe aportarse la escritura de propiedad de la vivienda; o un contrato privado de compraventa del piso; o la escritura de aceptación de la herencia de la vivienda; o la sentencia donde se concede el uso y disfrute de la vivienda a uno de los cónyuges en caso de separación o divorcio. Si se aporta el contrato de alquiler, debe estar vigente con una antigüedad máxima de 5 años y una mínima de 6 meses, o inferior si es un contrato prorrogable. Si el contrato está prorrogado habrá que aportar el recibo del último mes pagado.

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