El inquilino quiere saber qué gastos de la comunidad de propietarios está pagando

El inquilino quiere saber qué gastos de la comunidad de propietarios está pagando

El inquilino quiere saber qué gastos de la comunidad de propietarios está pagando

 

Como sabéis, los gastos de la comunidad de propietarios donde está una vivienda o un local se pueden cobrar al arrendatario. La jurisprudencia, dentro de su labor interpretativa de la ley, ha dicho que la suma que se cobrará por este concepto al inicio del contrato debe figurar en el mismo. No vale una simple mención genérica de cobro de gastos de comunidad. En el IBI si es posible.

El inquilino tiene derecho a saber los conceptos que se repercuten por gastos de comunidad. El arrendador no puede cobrar gastos extraordinarios o los honorarios del administrador. Sólo los ordinarios.

¿Qué debe hacer el arrendatario si el arrendador no le facilita tal información?
Cuando el arrendador se niega a facilitar la información cabe que el inquilino deje de pagar este concepto –  pero no la renta -. A la vez,  debe requerir  al arrendador fehacientemente para que aclare las partidas que incluyen los gastos comunitarios; por burofax o por mail si en el contrato se señala un correo electrónico como domicilio para notificaciones. Y también debe iniciar un proceso de consignación judicial del dinero de dichos gastos.
El inquilino corre un riesgo. Que la propiedad le demande en un proceso de desahucio, porque los gastos comunitarios son una cantidad asimilada a la renta. El inquilino debe oponerse a la demanda por falta de explicación del arrendador. Este esperará que el juez no admita que la falta de pago de una partida esté justificada por su falta de acreditación. Yo creo que cualquier juez admitiría la oposición del inquilino. Pero hay que tener un extremo cuidado con los impagos.
Así que lo más seguro para el arrendatario es que, al tiempo que deja de pagar, acuda a un juicio ordinario para que el Juez decrete la obligación de justificación de los gastos de la comunidad. Entonces no habría problemas en un posible proceso de desahucio.
Sin embargo, el coste de los servicios de abogado y procurador no compensará la justificación de los gastos comunitarios. Salvo que estos sean muy elevados.
Por cierto. Que el inquilino tenga que pagar los gastos ordinarios de la comunidad de propietarios no afecta a las relaciones entre esta y el propietario. Es la propiedad la que debe pagar los gastos. La comunidad no tiene acción contra el arrendatario por el incumplimiento de una obligación contractual que le es ajena.

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