Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, Sala de lo Civil y Penal, Sección 1ª, 12/2012, de 2 de febrero.
La contribución a los gastos originados por reparaciones u otros trabajos en la estructura de un edificio en régimen de propiedad horizontal va a cargo de todos los propietarios aunque en el título constitutivo o en los estatutos exista una cláusula que exima de pagar gastos comunitarios
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