¿Es obligatorio que el arrendador deposite la fianza?
En la regulación de arrendamientos del Código Civil no hay ningún precepto que obligue al arrendatario a abonar al casero una fianza, ni a depositarla en ninguna parte.
La obligación de depositar las fianzas de los alquileres de vivienda habitual y local de negocio en un organismo público procede de un Decreto de 26 de octubre de 1939, que se reformó por otro Decreto, de 11 de marzo de 1949, vigente la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1946.
La Disposición Adicional Tercera de la LAU de 1994 cedió la competencia del depósito de fianzas a las Comunidades Autónomas. La norma catalana sobre el depósito de las fianzas es la Ley 13/1996, desarrollada por el Decreto 147/1997. El organismo encargado del depósito de fianzas es el Incasòl (Institut Català del Sòl). La fianza también puede depositarse en alguno de los organismos colaboradores, como la Cambra de la Propietat Urbana de Barcelona, y ante profesionales de la administración de fincas y grandes propietarios que tengan un convenio firmado con el Incasòl.
Que la fianza legal se deposite o no no afecta al derecho del inquilino a su reembolso.
Este artículo proviene de la experiencia de algunos clientes arrendadores, que no ingresaron la fianza a su debido tiempo.
¿Para que sirve el ingreso de la fianza en un organismo público?
El artículo 33 del Decreto 147/1977 dice que el depósito de las fianzas debe usarse para inversiones de promoción pública de vivienda, principalmente en régimen de alquiler, y para actuaciones en núcleos antiguos urbanos sujetos a procesos de renovación.
¿Cuál es el plazo para que el arrendador deposite la fianza?
El arrendador debe depositar la fianza en un plazo de 2 meses, a contar desde la fecha de formalización – firma – del contrato de alquiler.
El depósito de la fianza, y de sus actualizaciones, es obligatorio mientras el contrato esté vigente.
El día a partir del cual empieza a contar el plazo de prescripción de las obligaciones del arrendador en lo relativo al ingreso de las fianzas es el de la finalización del contrato de arrendamiento.
Los plazos de prescripción son:
- Tres años para las infracciones graves que se exponen más abajo.
- Dos años para las infracciones leves.
Un abogado especialista en arrendamientos urbanos puede ayudarte con los problemas que tengas con el depósito y la retirada de la fianza, así como con los recursos administrativos que procedan.
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El régimen sancionador. Multas y recargos.
Tipología de sanciones.
El artículo 8 de la Ley 13/1996, distingue entre infracciones graves y leves.
Son infracciones graves no depositar la fianza o sus actualizaciones (artículo 36 de la Ley de Arrendamientos Urbanos). Infracción tipificada también como grave en el art. 124 de la Llei 18/2007, del dret a l’habitatge.
Son infracciones leves el incumplimiento de las obligaciones formales relativas al depósito de la fianza, e ingresar la fianza fuera de plazo si posteriormente se regulariza.
La consecuencia de las antedichas infracciones es una sanción administrativa. Una multa.
¿Cuánto pueden ascender las multas por no depositar la fianza?
Infracciones graves. El importe de la multa está entre el 35 y el 75% del importe de la fianza o de la actualización no depositada.
Infracciones leves. El importe de la multa no puede superar el 35% del importe de la fianza o de la actualización, con un límite máximo de 3.000 €.
Recargos adicionales por depósito fuera de plazo
El importe de los recargos no puede superar los 1.500 € en ningún caso.
Recargos sin intervención de la inspección. Cuando se deposita la fianza fuera de plazo el recargo es de un mínimo de un 5% y de un máximo de un 20% del importe de al fianza, dependiendo del tiempo transcurrido desde que era obligatorio depositarla. Más la sanción que corresponda , y los intereses de demora.
Si la fianza se deposita después de que los organismos inspectores hayan intervenido, la sanción más alta es del 25% del importe de la fianza, más intereses de demora y la sanción que corresponda.
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Un abogado especialista en arrendamientos urbanos puede asesorarte sobre:
✔️ Cómo realizar el depósito de la fianza correctamente.
✔️ Qué hacer si has recibido una sanción.
✔️ Recursos administrativos contra las multas.
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