Por motivos algunas veces políticos, y otras también, la Administración de Justicia suele ser objeto de polémica en los medios de comunicación y entre la ciudadanía. Un ejemplo cuando escribo este artículo (octubre de 2020): la absolución de los procesados por la salida a bolsa de Bankia,
Uno de los grandes problemas de la Administración de Justicia española es que es lenta – aunque a los justiciables tal hecho unas veces les perjudica y otras les beneficia. A los caseros que quieren desahuciar a un inquilino moroso les exaspera esta lentitud. En algunos casos, la lentitud se ha pretendido resolver cambiando una ley, como en el caso de la ocupación de viviendas. Se quiere vender que se agiliza la tramitación de los asuntos judiciales, pero no se resuelve el problema. Porque el problema no está en la ley.
Para entender cómo funciona ( y de ahí el problema) la Administración de Justicia es necesario explicar qué es un algoritmo. Un algoritmo es un conjunto de instrucciones o reglas definidas y no-ambiguas, ordenadas y finitas que permite, para lo que aquí interesa, llevar a cabo tareas o actividades que desembocan en un resultado. La receta para hacer una tortilla de patatas es un algoritmo, cuyas instrucciones son pelar y cortar las patatas, batir huevos, calentar aceite en una sartén, todo en un orden determinado hasta que se obtiene la tortilla. No se puede prescindir de ninguno de los pasos, aunque todos los puede hacer una sola persona
La Administración de Justicia funciona igual que una receta de cocina. Es un algoritmo. Para que el justiciable obtenga una sentencia, o el sufrido arrendador un desahucio y la entrega de la posesión de su inmueble, son necesarios una serie de pasos reglados que llevan a cabo personas distintas. Cada persona es un simple paso en el algoritmo. Y no sólo los funcionarios.
El algoritmo para obtener un desahucio
El primer paso es que el arrendador que no cobra acuda a un abogado especialista en arrendamientos, porque una demanda de desahucio por impago debe cumplir una serie de requisitos muy concretos. Segundo paso: el abogado redactará y enviará la demanda firmada al/a la procurador/a.
El tercer paso es que el/la procurador la presente telemáticamente ante el Juzgado Decano del partido judicial en el que esté la finca. Si se presenta en otro Juzgado nos rechazarán la demanda.
Una vez la demanda esté presentada el Juzgado la admitirá o no. La admisión depende del/de la Letrado/a de la Administración de Justicia (antes se llamaba Secretario/a). Si la demanda cumple los requisitos formales la admitirá. Este es el cuarto paso de nuestro algoritmo. Posteriormente, nuestr@ procurador@ entregará al Juzgado una copia en papel de la misma y de los documentos que hayamos adjuntado.
A partir del cuarto paso empiezan los problemas. El abogado pierde totalmente el control que tenía en los tres primeros pasos, que son bastante rápidos.
Cada juzgado tiene un@ sól@ Letrad@, que suele tener la mesa llena de papeles y que a veces está de baja. En tal caso el/la Letrado/a de otro Juzgado lo suple. Si hemos redactado la demanda de desahucio correctamente, una vez le haya llegado el turno a la nuestra, el/la Letrado/a emitirá un Decreto en el que se señalará una fecha para el juicio y otra para el lanzamiento. La fecha de juicio depende de la agenda del Juzgado y la de lanzamiento de la comisión judicial que se ocupa de los mismos. Agendas siempre llenas. Muy llenas.
Sólo hay tres personas de la Administración de Justicia en el algoritmo: el/la Letrado/a, el/la juez y la comisión judicial. En procesos de desahucio por impago el juicio raramente se celebra, porque lo único que puede alegar el inquilino para evitar el lanzamiento es que ha pagado lo que debía. Así que en realidad sólo hay dos pasos: el Decreto y el lanzamiento del inquilino. Además, no afecta a las fechas de juicio y desahucio que el arrendatario conteste y se oponga a la demanda.
Los pasos del algoritmo para obtener un desahucio están pensados para ser ágiles. El problema es la falta de medios, de juzgados y de personal.
Según un informe estadístico del Consejo General del Poder Judicial de diciembre de 2014, en España había 11,1 jueces por 100.000 habitantes, cuando la media de la Unión Europea (28 países) era de 18,1. Croacia y Eslovenia eran los que más jueces tenían: más de 45 por 100.000 habitantes. Con menos jueces por habitante que España sólo estaban Malta (donde hay abogados que actúan durante un periodo establecido presidiendo un tribunal que resuelve reclamaciones de cantidad) y Dinamarca, que desde 1894 tiene un sistema de resolución de conflictos mediante el arbitraje. Obviamente, la Justicia de España, según un informe de la Comisión Europea de 2016, es uno de los países que más tarda en resolver un litigio. Desahucios incluidos.
No todos los arrendadores son grandes tenedores, ni empresas ni SOCIMIs. Para el casero cuyos ingresos son la renta del alquiler el problema puede ser grave.
Para que os hagáis una idea, en junio presenté una demanda de desahucio y reclamación de rentas en Barcelona. El Decreto es de fecha 31 de julio. El juicio será en diciembre, y el lanzamiento en marzo de 2021 ¡ocho meses después de presentar la demanda!
Pero hay casos peores. Tengo parado un proceso de desahucio en Vic, también presenté la demanda en junio, porque el Juzgado no tiene salas de vistas disponibles por el COVID19. En octubre aún no tengo fecha de juicio ni de lanzamiento. Por lo menos, la clienta no necesita el dinero y no tiene prisa. Es un consuelo.