El Tribunal Supremo, Sala Primera, de lo Civil, en la sentencia 614/2013, de 22 de octubre, ha establecido, como doctrina jurisprudencial que: el contrato suscrito por uno de los cónyuges (y no por el otro), constante matrimonio (durante el matrimonio), se rige por la Ley de Arrendamientos Urbanos en lo relativo a la subrogación.
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