La Ley 18/2007, de 28 de diciembre, del derecho a la vivienda, norma catalana y vigente solo en Catalunya, tiene un artículo sobre la conservación y rehabilitación de viviendas, el 30. Sus apartados 1 y 2 dicen: 1. Los propietarios de los inmuebles cuyo uso principal sea residencial deben conservarlos y rehabilitarlos de modo que siempre estén en condiciones de uso efectivo y adecuado, de acuerdo con lo establecido por la presente ley y la normativa (…) 2. Los arrendatarios legales…
