El contrato de arrendamiento de vivienda habitual con prórroga forzosa o de renta antigua es el firmado antes del 9 de mayo de 1985, aunque los arriendos celebrados antes del 1 de enero de 1995, con prórroga forzosa obligatoria para el casero, también deben ser considerados de renta antigua En este post ya traté el tema de las opciones que tienen los inquilinos de arrendamientos de renta antigua cuando el propietario decide vender la vivienda en la que han…