Las terrazas, a nivel de los edificios organizados como una comunidad de propietarios, pueden ser de propiedad privada, o privativas, o ser un elemento común más, aunque de uso privativo. Esta última posibilidad es la más frecuente. Si quieren saber si la terraza de su ático es suya o de la comunidad deben consultar los estatutos o el título constitutivo de la propiedad horizontal de la finca. Lo mismo puede decirse de los patios. Podéis leer en este artículo…
