Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, Sala de lo Civil y Penal, Sección 1ª, 12/2012, de 2 de febrero. La contribución a los gastos originados por reparaciones u otros trabajos en la estructura de un edificio en régimen de propiedad horizontal va a cargo de todos los propietarios aunque en el título constitutivo o en los estatutos exista una cláusula que exima de pagar gastos comunitarios ¿Necesitas los servicios del abogado especialista en propiedad horizontal? Llama o envía un Whatsapp: 627 31…
