Expliqué en este artículo que se puede suspender el desahucio hasta el 31 de diciembre de 2024, siempre que los arrendatarios sean economicamente vulnerables. No expliqué qué arrendatarios pueden acogerse a la suspensión, ni los requisitos que se exigen para ello. Lo hago en este post. Está regulado en el R.D.L. 11/2020, modificado por el R.D.L. 8/2023. Arrendatarios que pueden acogerse a la suspensión del lanzamiento Por arrendatarios hay que entender obligados a pagar la renta cuando se trate…